Contrucción de Ciudadanía 2°1°


Aclaración importante: Para todos los que vayan realizando los trabajos prácticos les solicito que me los envíen a mi correo que es: natalydiazbrust@hotmail.com. El archivo debe consignar el nombre de cada uno. Asimismo, pueden enviar cualquier duda o consulta que tengan al respecto de los trabajos enviados.

Ciudadanía y estado

Estado, Nación y Gobierno
A veces, en el lenguaje común, los conceptos de Estado, nación y gobierno se utilizan como sinónimos, pero significan cuestiones distintas. La nación hace referencia a la pertenencia a un grupo humano que comparte un conjunto de características y prácticas culturales, tales como la lengua, la religión, la etnia, etc. También comparten tradiciones, historia y rasgos de pertenencia que le brindan a los miembros de una nación una identidad común.
En muchos Estados de América Latina la reivindicación de los llamados pueblos originarios se refiere a la necesidad de ser reconocidos como naciones dentro de los estados en los cuales ellos actualmente habitan. Esto se basa en que los pueblos originarios comparten cultura, idiomas y tradiciones ancestrales que mantienen, a pesar de los siglos de colonización y de la globalización económica y cultural.
El Estado es la forma política y jurídica de una población que reside en un mismo territorio, vive bajo las mismas leyes y es dirigida por un mismo gobierno. El Estado se compone de instituciones, a través de las cuales se implementan las políticas estatales. La soberanía es una característica fundamental del Estado, porque es la capacidad que este tiene para tomar decisiones en cuestiones que son de su interés, sin reconocer presiones de poderes externos y/o internos. Los Estados soberanos reconocen a sus autoridades como superiores a cualquier otra, es decir, deciden sobre sus asuntos internos y externos con autonomía.
El gobierno es el que dirige y administra las instituciones del Estado, ejerce la conducción política en una sociedad durante el período que dura el mandato presidencial. En la Argentina, luego de la reforma constitucional de 1994, dicho mandato se redujo a cuatro años (hasta entonces era de seis años). El gobierno es el que orienta el rumbo social, político, económico, cultural, etc. de un Estado, tomando decisiones sobre qué cuestiones son prioridades para intervenir, a qué sectores beneficia una medida, qué políticas lleva adelante y cuáles no, qué instituciones o áreas sociales fortalece, entre muchas otras.

El Estado Argentino
La Constitución Nacional Argentina es llamada la Ley Suprema, porque todas las otras leyes y normas tienen que adecuarse a ella y no pueden contradecir ninguno de sus artículos, y además es la Ley que establece la forma de organización y gobierno del país. Fue sancionada en el año 1853 en la Ciudad de Santa Fe, y tuvo varias reformas posteriores. Algunas reformas incorporaron o ampliaron generaciones de Derechos Humanos en el texto de la Constitución, por eso se reconocen distintas generaciones de derechos (este tema será retomado y profundizado más adelante).
 La Constitución de 1853 tenía por objeto consolidar el desarrollo del Estado nacional inspirado en el liberalismo de la época, por lo cual hizo fuerte hincapié en las libertades individuales y en la igualdad de derechos entre las personas. Estableció, por ejemplo, la abolición total de la esclavitud. Una reforma constitucional a destacar fue la del año 1949, en un momento social y político de avance en términos de derechos sociales y laborales, denominados también de segunda generación. Esta reforma, producida durante el primer gobierno peronista, fue derogada por el golpe militar en 1955. La última reforma constitucional en nuestro país se produjo en 1994. En esta oportunidad se realizaron cambios importantes, entre los cuales se destaca la modernización del texto constitucional y la incorporación de los derechos de tercera generación, que se refieren a los derechos de solidaridad o derechos de los pueblos. En ella se incorporó la Carta Internacional de los Derechos Humanos, lo que significó un fuerte avance en relación con la garantía a nivel nacional de derechos universales.
Sin embargo, desde una mirada crítica es bueno tener en cuenta que esta reforma de la Constitución se produjo en plena década neoliberal, con lo cual estuvo sujeta a las condiciones políticas de la época. Esto puede notarse claramente en ciertos pasajes, en los que se usa por ejemplo la palabra “consumidor” en reemplazo de la palabra “ciudadano”.
La forma de gobierno de un Estado se define en su Constitución Nacional. De acuerdo al artículo 1 de la Constitución Nacional, “la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal”. Este sistema implica, en primer lugar, que la soberanía reside en el pueblo, de ahí se derivan las otras características del sistema republicano, como la división de poderes, la elección democrática de representantes, la publicidad de actos de gobierno, la duración periódica de las funciones, etc. Por otro lado, el pueblo gobierna y delibera a través de sus representantes electos democráticamente, por eso el sistema es representativo. Y por último, se define como sistema federal porque se reconoce a las provincias como autónomas. Es decir que el poder público no está concentrado en una sola autoridad central, sino que se reparte entre la nación y las provincias, las cuales elaboran su propia Constitución Provincial. Por esto, hay asuntos que son de decisión y manejo a nivel nacional, como las relaciones internacionales, las fuerzas armadas, el sistema monetario, la navegación de los ríos, etc. En cambio, hay cuestiones sobre las que deciden de manera autónoma las provincias, como la seguridad, el sistema educativo provincial, el comercio, etc. 
El sistema republicano implica la división de poderes del Estado, para que éstos se regulen entre sí de manera equilibrada, con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos. Tanto a nivel nacional como a nivel provincial, estos poderes son el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. Es importante reconocer que este sistema de gobierno con división de poderes se repite en todos los niveles jurisdiccionales de nuestro país, esto es, el nivel nacional, el nivel provincial y el nivel municipal. A nivel nacional, el Poder Ejecutivo es conducido por el/la presidente, que reúne entre sus funciones ser el/la jefe/a de Gobierno, responsable político de las instituciones del Estado y comandante en jefe de las Fuerzas Armadas. Asimismo, puede enviar proyectos de ley para su tratamiento en el Congreso, promulgar y vetar (rechazar) leyes y nombrar o remover ministros. Además, el/la presidente, el Poder Ejecutivo está compuesto por el/la vicepresidente/a, los/as ministros/as y secretarios/as de Estado. En las provincias el Poder Ejecutivo está encabezado por el/la gobernador/a, y también lo componen el/la vicegobernador/a y sus ministros provinciales.
El Poder Legislativo está representado por el Congreso de la Nación, conformado por la Cámara de Diputados, que son representantes directos del pueblo de la Nación, y la Cámara de Senadores, que es el órgano federal porque cada senador/a representa a su provincia. La función más reconocida del Poder legislativo es la de promover, debatir y aprobar las leyes generales, para lo cual se necesita la aprobación de ambas Cámaras. Pero este poder también es responsable de fijar y aprobar el presupuesto anual y de distribuirlo por áreas (obras públicas, salud, educación, etc.). A su vez, puede ejercer el control sobre los integrantes de los otros dos poderes en caso de delitos o bien por mal desempeño de sus funciones, a través del mecanismo del juicio político. En las provincias también existen las cámaras legislativas que dictan las leyes de alcance provincial.
El Poder Judicial tiene como función hacer que las leyes se cumplan, o bien sancionar a quienes las hayan incumplido. A nivel nacional lo componen la Corte Suprema de Justicia, que es el Máximo Tribunal, por lo cual sus decisiones y fallos son inapelables. Y los tribunales federales de menor rango, que tienen competencia federal. Los jueces/as son nombrados por el/la presidente, en base a una propuesta de tres candidatos seleccionada en concurso público por el Consejo de la Magistratura. Las provincias tienen una organización propia de la justicia, gracias a la autonomía que les reconoce la Constitución Nacional.




      



Actividades
1)     A partir de la lectura del apartado “Estado, nación y gobierno” completen el cuadro que está a continuación marcando con una X según corresponda.

 










2)      Luego de leer atentamente el apartado “El estado argentino” realicen las siguientes actividades

a)      ¿Por qué se dice que la constitución es la ley suprema? ¿Cuáles fueron las reformas que tuvo?
b)      ¿En que lugar de la constitución se establecen las características del estado argentino?
c)      Definan que significa que el estado argentino sea representativo, republicano y federal.
d)      El estado argentino a su vez se divide en tres poderes (ejecutivo, legislativo y judicial). Con esto realicen un cuadro que resuma que tareas y funciones tiene cada uno.

Comentarios

  1. hola, no me deja entrar a tu correo, me dice que no existe...

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    1. Hola, no soy la profe, pero tratá de copiar la dirección y pegarla en el mensaje que envíes desde tu correo.

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